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    AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 667/2024
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 667/2024

    Fecha: 26-Jun-2024

    II. COMPETENCIA

    OPORTUNIDAD

    LEGITIMACIÓN

    1. Esta Primera Sala considera que la agente ministerial recurrente está legitimada para interponer el recurso de revisión que aquí se resuelve, pues en el juicio de amparo directo tuvo intervención en términos del artículo 5, fracción IV, de la Ley de Amparo .
    • Encabezado
    • SENTENCIA
    • ANTECEDENTES.
    • II. COMPETENCIA
    • ELEMENTOS NECESARIOS PARA RESOLVER
    • PROCEDENCIA DEL RECURSO
    • ESTUDIO DE FONDO
    • RECURSO DE APELACIÓN. EN EL PROCESO PENAL ORAL EL TRIBUNAL DE ALZADA PUEDE RESOLVERLO DE PLANO CUANDO NO SE HAYA CELEBRADO LA AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE ALEGATOS, DE MANERA ORAL EN LA PROPIA AUDIENCIA O POR ESCRITO DENTRO DE LOS TRES DÍAS SIGUIENTES A SU CELEBRACIÓN (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 478 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES).
    • DECISIÓN

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