III. LEGITIMACIÓN
- Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el señor Persona “A” cuenta con la legitimación para interponer el recurso de revisión, pues el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito le reconoció el carácter de quejoso en el juicio de amparo directo, en términos del artículo 5, fracción I, de la Ley de Amparo.
