Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 862/2024
Fecha: 28-Ago-2024
II. OPORTUNIDAD
- La sentencia recurrida se notificó por lista al señor Persona “A” el jueves catorce de diciembre de dos mil veintitrés , por lo que la misma surtió efectos el viernes quince del mismo mes y año .
- Por ello, el plazo establecido en el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del martes dos al lunes quince de enero de dos mil veinticuatro , descontándose los días correspondientes del dieciséis al treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés por corresponder al periodo vacacional , de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación , así como los días seis, siete, trece y catorce de enero de dos mil veinticuatro, por ser sábados y domingos, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley de Amparo .
- Por lo tanto, si el escrito de revisión se presentó el doce de enero de dos mil veinticuatro , su presentación fue oportuna .
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