AMPARO Directo EN REVISIÓN 534/2024 relacionado con el diverso 1722/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO Directo EN REVISIÓN 534/2024 relacionado con el diverso 1722/2024

Fecha: 18-Sep-2024

COLABORÓ: AMÉRICA ESMERALDA LÓPEZ PELCASTRE

Síntesis

Narcisa Villanueva Rodríguez demandó a Verónica Holguín Villanueva por la ineficacia jurídica o nulidad absoluta del contrato privado de enajenación a título gratuito de derechos parcelarios de diecinueve de noviembre de dos mil dieciséis respecto de la parcela 883 en Rosales, Chihuahua, así como sus consecuencias legales.

El Tribunal Unitario Agrario Distrito 5 de Chihuahua el veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve resolvió declarar la nulidad del contrato, así como las consecuentes legales.

Verónica Holguín Villanueva inconforme promovió demanda de amparo en la que reclamó el ilegal emplazamiento al juicio. El Juzgado de Distrito que conoció del asunto mediante sentencia de veintiséis de febrero de dos mil veintiuno otorgó el amparo y protección para el efecto de que el tribunal agrario responsable dejara insubsistente el emplazamiento realizado en el juicio agrario 261/2019 y repusiera el procedimiento.

Hecho lo anterior el magistrado agrario emitió sentencia y determinó declarar la nulidad absoluta del contrato privado de enajenación a título gratuito de derechos parcelarios, la cancelación del certificado parcelario expedido a nombre de la demandada. Asimismo, determinó procedente la nulidad del contrato de cesión de derechos parcelarios celebrado por la demandada y Candelario Legarreta Sánchez respecto de la multicitada parcela.

Verónica Holguín Villanueva promovió demanda de amparo contra dicha sentencia y señaló transgredidos en su perjuicio los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), al considerar que la autoridad responsable incurrió en imprecisión, incongruencia y arbitrariedad en contravención del artículo 189 de la Ley Agraria.

El Tribunal Colegiado del conocimiento el seis de diciembre de dos mil veintitrés negó el amparo al considerar infundado en parte y fundados pero inoperantes los conceptos de violación hechos valer por la quejosa.

Verónica Holguín Villanueva interpuso recurso de revisión en contra de dicha ejecutoria dictada en el juicio de amparo directo 579/2022 (relacionado con el amparo directo 580/2022) derivado del expediente agrario 261/2019.