AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4710/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4710/2023

Fecha: 22-Ene-2025

PRIMERO.

La sentencia reclamada viola los artículos 1, segundo párrafo, 16, 17 y 133 de la Constitución Federal, en relación con los artículos 1117 y 1127 del Código de Comercio, es decir, los principios pro persona, de debido proceso, legalidad, seguridad jurídica y acceso a la justicia.

El artículo 1127 del Código de Comercio prevé una regla cuando se declare fundada la excepción de improcedencia de la vía consistente en declarar válido lo actuado con la obligación del juez para regularizar el procedimiento de acuerdo a la vía declarada procedente, sin embargo, dicha regla es inaplicable al juicio oral mercantil porque es contrario lo establecido en el numeral 1390 bis 8, del ordenamiento referido, al infringir los principios de oralidad, inmediación y concentración, así como seguridad jurídica.

La autoridad responsable debió utilizar el control difuso de convencionalidad ex officio para inaplicar el artículo 1127 del Código de Comercio debido a que transgrede derechos humanos reconocidos en tratados internacionales.