B Relativo A La Prueba Confesional A Cargo De
Se estima lo anterior, en razón de que en el escrito de ofrecimiento de pruebas la parte actora señaló:
"3. Confesional para hechos propios. La que deberá ser a cargo del Lic. **********, en forma personalísima y para (sic) hechos que dieron origen al conflicto que le son propios y que se le atribuyen en la demanda, en relación al cargo que ostenta de asesor de la Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad, dependiente del Gobierno del Estado de Veracruz-Llave, a quien se le deberá citar para que concurra personalmente ante esta H. Autoridad a absolver posiciones y se le aperciba de que para el caso de que no se presente en la fecha y hora que esta autoridad señale para la diligenciación de la presente probanza se le tendrá y declarará confeso de todas y cada una de la posiciones que se le articulen y que, dichas citación y apercibimiento se podrá ordenar se hagan personalmente en el domicilio que tiene señalado en autos la demandada ... reservándome el derecho para formular el pliego de posiciones en el día y hora que se señale para la diligenciación de la presente probanza la cual se ofrece en términos de los artículos 776, fracción I, 786, 787, 788, 789 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria ... probanza que se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la demanda inicial, así como la aclaración y ampliación a la demanda." (foja 46 del expediente laboral).
