AMPARO DIRECTO 152/2000. GAS LUXOR, S.A. DE C.V.
Fecha: 01-Ene-1917
Deviene Infundado El Anterior Concepto De Violación
Se afirma lo anterior, en atención a que si bien el artículo 1o. de la Ley sobre Metrología y Normalización, establece que su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la administración pública federal que tengan competencia en las materias reguladas en ese ordenamiento, también es verdad que en términos de la fracción XIV del artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la vigilancia y el cumplimiento en la verificación de normas oficiales mexicanas, pesas y medidas para la actividad comercial, entre otros, corresponde a la Procuraduría Federal del Consumidor.
Entonces, si con motivo de la oposición a que se realizara diversa diligencia de verificación en el cumplimiento de la norma oficial mexicana NOM-002-SCFI-1993, el titular de la Delegación Metropolitana en Iztapalapa, de México, Distrito Federal, de la Procuraduría Federal del Consumidor, impuso a la ahora quejosa unas multas por las cantidades de cincuenta y un mil seiscientos setenta y cinco pesos, cuarenta y siete mil trescientos sesenta y ocho pesos con setenta y cinco centavos y cuarenta y cinco mil seiscientos cuarenta y seis pesos con veinticinco centavos, con fundamento en la fracción I del artículo 25 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, es innegable que tal resolución fue dictada por un organismo público descentralizado que, como tal, no quedaba regulada por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, pues como ya se precisó, tal ordenamiento resultaba aplicable en forma exclusiva a los actos, procedimientos y resoluciones de la administración pública federal centralizada.
Por otra parte, si bien el artículo 2o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor prevé que a falta de competencia específica de alguna otra dependencia de la administración pública federal, corresponde a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial expedir las normas oficiales mexicanas, ello no significa que la Procuraduría Federal del Consumidor se convierta en un organismo público centralizado cuando despliega sus atribuciones de vigilancia y de sanción, en relación con el cumplimiento de las normas expedidas por dicha secretaría.
En las relatadas condiciones, al resultar infundados los conceptos de violación, lo que procede es negar el amparo y la protección de la Justicia Federal impetrados contra la resolución de ocho de octubre de mil novecientos noventa y nueve, dictada por la Primera Sala Regional Hidalgo México del Tribunal Fiscal de la Federación, al resolver el recurso de reclamación que se hizo valer en el expediente 1871/99-06-01-1.
Por lo expuesto, fundado, y con apoyo además en los artículos 76, 77, 78, 79, 158, y 190 de la Ley de Amparo, y 37, fracción I, inciso b), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se resuelve:
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Gas Luxor, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra el acto que reclamó de la Primera Sala Regional Hidalgo México del Tribunal Fiscal de la Federación, consistente en la resolución de ocho de octubre de mil novecientos noventa y nueve, dictada en el expediente 1871/99-06-01-1.
Notifíquese; y, con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los señores Magistrados: presidente Salvador Mondragón Reyes, Manuel Baraibar Constantino y Óscar Germán Cendejas Gleason, siendo ponente el primero de los nombrados.
- Sextoson Infundados Los Conceptos De Violación Propuestos Por La Quejosa Quien En Síntesis Aduce
- Son Infundados Los Motivos De Inconformidad Que Anteceden
- De La Ley Orgánica De La Administración Pública Federal Los Artículos O O Fracción I Y
- I Organismos Descentralizados
- De La Ley Federal De Protección Al Consumidor Los Numerales O Y
- De La Ley Federal De Procedimiento Administrativo El Artículo O Párrafo Primero
- Pues Bien Como Se Dijo Son Infundados Los Motivos De Inconformidad Antes Resumidos
- Deviene Infundado El Anterior Concepto De Violación