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    AMPARO DIRECTO 187/2004.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO 187/2004.

    Fecha: 01-Ene-1917

    Artículo El Perito Emitirá Su Dictamen Por Escrito Y Lo Ratificará En Diligencia Especial

    Ahora bien, dicho precepto se refiere en forma general al perito, por lo que debe entenderse que resulta aplicable tanto al oficial, como al designado por las partes o al tercero en discordia, pues no hace distinción alguna.

    • Considerando
    • El Primero De Los Preceptos Antes Invocados Dispone
    • Por Otra Parte Los Artículos Y Del Ordenamiento Legal En Estudio Disponen
    • Artículo El Perito Emitirá Su Dictamen Por Escrito Y Lo Ratificará En Diligencia Especial
    • Sin Que Obste Para Lo Anterior Que El Diverso Artículo Señale

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