AMPARO DIRECTO 195/2010. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 195/2010. **********.

Fecha: 01-Ene-1917

Artículo Son Obligaciones De Los Servidores Públicos

"I. Cumplir diligentemente y con probidad las funciones y trabajos propios del cargo, así como aquellas que les sean encomendadas por sus superiores en ejercicio de sus facultades;

"II. Formular y ejecutar, en su caso, los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia;

"III. Respetar el derecho de petición de los particulares en los términos del artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

"IV. Cuidar y usar los recursos públicos con probidad y en la forma prevista por las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas, tanto los que les son asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, como aquellos a los que tenga acceso por su función;

"V. Custodiar la documentación e información que conserve o a la que tenga acceso, por razón de su empleo, cargo o comisión, así como evitar e impedir el uso, sustracción, destrucción u ocultamiento indebidos de aquélla;

"VI. Respetar el derecho de acceso a la información pública en los términos de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato;

"VII. Guardar el orden en el trabajo y tratar con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a todas aquellas personas con las que tenga relación en el desempeño de éste;

"VIII. Excusarse de intervenir en asuntos propios del cargo, empleo o comisión, cuando tenga interés personal, económico, de negocio o familiar por matrimonio, parentesco consanguíneo en línea recta o por afinidad hasta el segundo grado y colateral hasta el cuarto grado, o civil;