Por Lo Expuesto Fundado Y Con Apoyo En Los Artículos A De La Ley De Amparo Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, por conducto de su apoderada **********, contra los actos y autoridades que quedaron precisados al inicio de esta ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, devuélvanse los autos a la Sala responsable y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así, por mayoría de votos de los Magistrados Sara Judith Montalvo Trejo, presidenta, y Manuel Ernesto Saloma Vera, en contra del voto particular del Magistrado Julio César Vázquez-Mellado García, siendo ponente de la mayoría el segundo de los nombrados, lo resolvió el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.
En términos de lo previsto en el artículo 8 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- Sobre Tal Motivo De Inconformidad La Quejosa Aduce
- Arrendamiento Cláusula Penal No Debe Exceder De La Obligación Principal
- Cláusula
- Los Artículos Y Del Código Civil Para El Distrito Federal Establecen Lo Siguiente
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