AMPARO DIRECTO 332/2004. MARCIANO ÁNGELES SÁNCHEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 332/2004. MARCIANO ÁNGELES SÁNCHEZ.

Fecha: 01-Ene-1917

Se Entenderá Como Trabajo De Confianza El Que Se Desempeñe Para Los Siguientes Objetos

"...

"V. En los Ayuntamientos, los miembros de los cuerpos de seguridad y de policía preventiva municipal; delegados, subdelegados y alcaides; el secretario de la Presidencia Municipal y los empleados municipales que realicen funciones de dirección, fiscalización o vigilancia, considerados como tales en el catálogo de puestos que formule cada presidente municipal.

"Los trabajadores no incluidos en la relación que antecede serán considerados de base. Al crearse nuevas categorías o cargos, no comprendidos en este artículo como de confianza, su clasificación como tales, cuando corresponda según la naturaleza del servicio, se determinará en el manual de organización respectivo." (Las partes destacadas corresponden a la presente ejecutoria).