Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 484/91. GERARDO LORA REYES.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Gerardo Lora Reyes en contra de los actos y autoridades especificados en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo sentenció el Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los señores Magistrados presidente licenciado Fernando Narváez Barker, licenciada María del Carmen Sánchez Hidalgo y licenciado José Angel Mandujano Gordillo, siendo relator el último de los nombrados.