AMPARO DIRECTO 571/2000. ÓSCAR MAYER BALLESTEROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 571/2000. ÓSCAR MAYER BALLESTEROS.

Fecha: 01-Ene-1917

Considerando

SEXTO.-Previo al estudio de la cuestión de fondo, por razón de orden, en este apartado se analizará la causal de improcedencia que invoca la administradora local jurídica de Ingresos de Ciudad Obregón, Sonora, en representación del secretario de Hacienda y Crédito Público, del presidente del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada, mediante oficio 325-SAT-R1-L6-E-5567 de trece de marzo del año en curso (fojas 36 a 38 del presente cuaderno de amparo).

Las argumentaciones formuladas al respecto consisten en que en la especie se actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción V, de la Ley de Amparo, toda vez que se trata de actos que no afectan los intereses jurídicos del quejoso, habida cuenta que la sentencia reclamada le fue favorable, por haber obtenido la nulidad para efectos de la resolución impugnada en el juicio natural.