AMPARO DIRECTO 63/97. LEOBARDO GUTIÉRREZ GÓMEZ Y ARACELI TORRES GONZÁLEZ.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Leobardo Gutiérrez Gómez y Araceli Torres González, por su propio derecho, en contra de los actos que reclamaron del Juez Vigesimoctavo del Arrendamiento Inmobiliario del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, señalados en el resultando primero de esta resolución.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a la autoridad de origen, y oportunamente archívese el expediente.
Así lo resolvió el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados presidente Guillermo Antonio Muñoz Jiménez, José Luis Caballero Cárdenas y María del Carmen Sánchez Hidalgo, siendo relatora la tercera de los nombrados.