AMPARO DIRECTO 682/99. **********
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 682/99. **********

Fecha: 01-Ene-1917

Considerando

CUARTO.-Son esencialmente fundados los conceptos de violación expuestos por ********** y suficientes para conceder al mismo la protección federal solicitada, por las razones y fundamentos que a continuación se expondrán.

El impetrante del presente juicio de amparo, en el único de sus conceptos de violación, manifiesta que la resolución reclamada viola en su perjuicio las garantías individuales previstas por los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos porque, según dice, la circunstancia de que su contraparte haya negado la demanda promovida en su contra, no es suficiente para destruir la eficacia probatoria de su confesión ficta, dado que la misma sólo produce como efecto jurídico el que se vuelva al actor la carga de la prueba respecto de los elementos constitutivos de su acción.

Tales argumentos, como ya fue dicho con anterioridad, resultan esencialmente fundados dado que este Tribunal Colegiado estima que, ciertamente, la negación de la demanda no constituye un medio eficaz para desvirtuar el valor probatorio de la confesión ficta del demandado.