AMPARO DIRECTO 163/2010. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 163/2010. **********.

Fecha: 02-Ene-1974

Este Argumento Resulta Infundado

Para arribar a esa conclusión es necesario aludir al contenido de los artículos 776, 777 y 779 del código laboral, relativos a las reglas generales del capítulo correspondiente a las pruebas, mismos que, en lo que interesa, establecen:

"Artículo 776. Son admisibles en el proceso todos los medios de prueba que no sean contrarios a la moral y al derecho, y en especial los siguientes: