Por Lo Expuesto Y Con Fundamento En Los Artículos Y De La Ley De Amparo Se Resuelve
PRIMERO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra el acto de la Cuarta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, que hizo consistir en el laudo dictado el veintiséis de mayo de dos mil diez, en el expediente laboral número **********, seguido por el quejoso en contra del ********** en la Magdalena Contreras.
El amparo se concede para el efecto señalado en la parte final del último considerando de esta ejecutoria.
SEGUNDO.-Con apoyo en el artículo 106 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, requiérase a la responsable para que dé cumplimiento a la concesión decretada y así lo informe a este tribunal.
Notifíquese, con testimonio de esta resolución, devuélvase los autos a la autoridad responsable, háganse las anotaciones correspondientes y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así, por unanimidad de votos de los señores Magistrados, presidente Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso, María de Lourdes Juárez Sierra y Lourdes Minerva Cifuentes Bazán, lo resolvió con las modificaciones y reformas aprobadas en sesión, el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, siendo relatora la tercera de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 14, fracción IV y penúltimo párrafo, 18, fracción II y 20, fracción VI, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Quinto Los Conceptos De Violación Aducidos Son Infundados
- En Efecto El Actor Reclamó El Pago De Prima Dominical De La Siguiente Manera
- Asimismo El Actor Adujo Como Jornada De Trabajo La Siguiente
- Reconocimiento Mensual
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