AMPARO DIRECTO 74/96. FELICIANO JESUS JURADO CHEIN.
Fecha: 02-Mar-1989
Por Lo Expuesto Y Con Fundamento En Los Artículos Y De La Ley De Amparo Se Resuelve
UNICO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Feliciano Jesús Jurado Chein, contra el acto que reclama de la Séptima Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, consistente en la sentencia definitiva dictada en el toca 3369/95, de fecha veinte de octubre de mil novecientos noventa y cinco.
Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, devuélvanse los autos a la autoridad que los remitió y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así, lo resolvió el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, integrado por los Magistrados: Leonel Castillo González y Gilda Rincón Orta, con el licenciado Alejandro Villagómez Gordillo, secretario de este tribunal por autorización del Consejo de la Judicatura Federal, en suplencia del Magistrado Mauro Miguel Reyes Zapata, quien está cumpliendo una comisión.
- Considerando
- Segundo Caso
- Tercer Caso
- Cuarto Caso
- Son Inatendibles Estos Alegatos Conforme A Lo Siguiente
- En La Cláusula Tercera Se Convino Como Forma De Pago La Siguiente
- Por Cuanto Al Juez De Primer Grado Le Atribuye Que No Analizó O Que Valoró Incorrectamente
- Por Lo Expuesto Y Con Fundamento En Los Artículos Y De La Ley De Amparo Se Resuelve