AMPARO DIRECTO 1050/86. SERCOMIN, SOCIEDAD ANONIMA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1050/86. SERCOMIN, SOCIEDAD ANONIMA.

Fecha: 18-Ene-1990

Terceroel Primer Agravio Es Infundado

La quejosa considera que la sentencia recurrida es ilegal, porque no declaró la inconstitucionalidad del artículo 77, fracción III, de la Ley de Fraccionamientos del Estado de Puebla, no obstante que el mismo al prohibir al vendedor la rescisión de los contratos de compraventa, limita su libertad de contratar y, por ende, viola la garantía de libertad de trabajo que consagra el artículo 5o. constitucional.