AMPARO DIRECTO 223/97. GABRIEL VELÁZQUEZ GONZÁLEZ.
Fecha: 11-Jun-1991
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO. La Justicia de la Unión ampara y protege a Gabriel Velázquez González contra el acto de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, consistente en el laudo dictado con fecha quince de agosto de mil novecientos noventa y seis, en el juicio laboral número 1095/91, seguido por el ahora quejoso en contra de Restaurante La Puerta del Bosque México, Sociedad Anónima de Capital Variable y otro. El amparo se concede para los efectos precisados en la parte final del cuarto considerando de esta ejecutoria.
Notifíquese; expídase el testimonio conducente, devuélvanse los autos a la autoridad responsable y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que integran los Magistrados Emilio González Santander, María Edith Cervantes Ortiz y Sergio Pallares y Lara, habiendo sido relator el último de los nombrados.