AMPARO DIRECTO 4253/97. CINEMAS LA REPÚBLICA, S.A. DE C.V.
Fecha: 06-Jun-1995
Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.— La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Cinemas La República, S.A. de C.V., contra los actos que reclamó de la Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, precisados en el segundo considerando de este fallo, en los términos señalados en el considerando quinto de esta ejecutoria.
Notifíquese; publíquese; con testimonio de la presente resolución devuélvanse los autos a la autoridad responsable y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, los Magistrados presidenta María Soledad Hernández de Mosqueda, José Luis García Vasco y José Becerra Santiago, quienes integran el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, siendo relator el último de los nombrados.
- Considerando
- Para Una Mejor Comprensión De La Litis Se Estima Necesario Señalar Los Siguientes Antecedentes
- La Enjuiciada Contestó La Demanda Y Opuso Las Defensas Y Excepciones Que Estimó Convenientes
- Dicho Auto Quedó Firme Ya Que No Fue Recurrido Por Ninguna De Las Partes
- Segunda A Precio
- N Mn Iva Mano De Obra De Instalación
- Tipo De Cambio Aplicado En El Cálculo Del Precio Básico Es Igual A Us Dl N Mn
- B Condiciones De Pago
- C Variaciones En El Precio Básico
- Los Ajustes Se Calcularán De La Siguiente Manera
- Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve