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    AMPARO DIRECTO 763/2007.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO 763/2007.

    Fecha: 14-Nov-1998

    Bajo Esa Óptica Son Infundados Los Conceptos De Violación Plateados Por El Quejoso

    Lo expuesto es así, habida cuenta que el quejoso refiere, en esencia, que se violan en su perjuicio lo establecido por los artículos 81 y 402 del Código de Procedimientos Civiles y 790, 791, 798 y 803 del Código Civil del Distrito Federal.

    • Considerando
    • Materias Civil
    • Página
    • B Debe Ser Titular De Los Bienes Materia Del Litigio
    • Bajo Esa Óptica Son Infundados Los Conceptos De Violación Plateados Por El Quejoso
    • Que Existen Dos Resoluciones Judiciales De Plenaria De Posesión Sobre El Mismo Predio

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