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    AMPARO DIRECTO 763/2007.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO 763/2007.

    Fecha: 14-Nov-1998

    Página

    "TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO. Para que prospere una tercería excluyente de dominio, es indispensable que el tercerista acredite plenamente ser propietario del objeto sobre el que versa el litigio, de suerte que serán absueltos los demandados si no se rinde tal prueba de la propiedad, aunque tampoco se demuestre que el ejecutado es el dueño del bien que se disputa en el juicio principal."

    • Considerando
    • Materias Civil
    • Página
    • B Debe Ser Titular De Los Bienes Materia Del Litigio
    • Bajo Esa Óptica Son Infundados Los Conceptos De Violación Plateados Por El Quejoso
    • Que Existen Dos Resoluciones Judiciales De Plenaria De Posesión Sobre El Mismo Predio

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