AMPARO DIRECTO 226/2002. FUNDIDORA SAN RAFAEL, S.A. DE C.V.
Fecha: 25-Nov-1999
Séptimo Se Procede Al Análisis De Los Conceptos De Violación Hechos Valer Por La Parte Quejosa
Argumenta que la sentencia que se impugna violó en su perjuicio los artículos 14 y 16 constitucionales, y 237 del Código Fiscal de la Federación, precepto este que establece la obligación de la responsable de estudiar todos y cada uno de los puntos controvertidos, lo que no sucedió en el caso, pues únicamente se limitó a sostener que subsiste la legalidad de la notificación del oficio número F-AB/99/01/01/000212, como del mandamiento de ejecución contenido en el oficio número DR-VIII-AF-ME-RM-F/AB/055/01, en el entendido de que los conceptos de anulación resultan infundados, sin embargo, no se percató de efectuar un análisis que permitiera resolver al respecto en atención a los conceptos de agravio, siendo aplicables al caso las tesis de jurisprudencia cuyos rubros dicen: "SENTENCIA FISCAL. DEBE COMPRENDER EL EXAMEN DE TODOS LOS AGRAVIOS.", "SENTENCIA FISCAL. DEBE ANALIZAR TODOS LOS AGRAVIOS Y PRUEBAS QUE SE HICIERON VALER EN EL JUICIO." y "SENTENCIAS DICTADAS EN LOS JUICIOS DE NULIDAD. PARA QUE SEAN CONGRUENTES DEBEN ANALIZAR TODAS LAS CUESTIONES PROPUESTAS.", por lo que la responsable debió estudiar todos y cada uno de los conceptos de agravios formulados en la demanda de nulidad interpuesta, así como de su ampliación, los cuales no fueron analizados por la Sala responsable; por tanto, se omitió estudiar todos y cada uno de los agravios planteados en la demanda de nulidad, por lo que es procedente se otorgue el amparo y la protección de la Justicia Federal, apoyándose en la tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro es: "SENTENCIA FISCAL. DEBE COMPRENDER TODOS LOS CONCEPTOS DE NULIDAD. LA OMISIÓN DEL ESTUDIO DE ALGUNO DE ELLOS AMERITA QUE EN EL AMPARO SE OBLIGUE A LA SALA RESPONSABLE A PRONUNCIAR NUEVO FALLO.".
- Séptimo Se Procede Al Análisis De Los Conceptos De Violación Hechos Valer Por La Parte Quejosa
- El Argumento Planteado Por La Peticionaria De Garantías Resulta Infundado
- En Su Segundo Concepto De Violación Aduce Lo Siguiente
- Cuando La Notificación Se Efectúe Personalmente Se Observarán Las Siguientes Formalidades