AMPARO DIRECTO 59/2006.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 59/2006.

Fecha: 26-Oct-2005

Considerando

PRIMERO. Este Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito es competente para conocer del presente juicio de amparo directo, conforme a los artículos 107, fracción V, inciso a), de la Constitución General de la República, 158 de la Ley de Amparo, y 37, fracción I, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General Número 23/2001, dictado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en el que determina la jurisdicción territorial de este tribunal.

SEGUNDO. La existencia del acto reclamado quedó acreditada con el informe justificado que rindió la autoridad responsable al que acompañó los autos respectivos.

TERCERO. La demanda de amparo fue presentada oportunamente, ya que en ella se reclama un acto de autoridad que importa ataque a la libertad personal del agraviado y, por ende, se encuentra en la segunda hipótesis de excepción del término a que alude el artículo 22 de la Ley de Amparo.