AMPARO DIRECTO 139/2011. 6 DE OCTUBRE DE 2011. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: SALVADOR GONZÁLEZ BALTIERRA. PONENTE: EMMANUEL G. ROSALES GUERRERO. SECRETARIO: VÍCTOR HUGO LUNA VARGAS.
Fecha: 06-Oct-2011
Considerando
SEXTO. En términos del artículo 76 Bis, fracción VI, de la Ley de Amparo y de las jurisprudencias del Alto Tribunal, este órgano jurisdiccional suple la deficiencia de los conceptos de violación expuestos, porque en el procedimiento se verificó una violación manifiesta de la ley que dejó sin defensa a la aquí quejosa y trascendió al resultado del fallo.
A fin de determinar lo anterior, cabe señalar, que la actora en el juicio contencioso impugnó los siguientes actos:
"1) Cédula de liquidación de cuotas, que indebidamente determina en contra de mi representada el crédito fiscal número **********, por el periodo 02/2007, por la cantidad de $**********, emitida supuestamente por el titular de la Subdelegación Tlalnepantla de Baz, Delegación Regional Estado de México Oriente del Instituto Mexicano del Seguro Social. 2) Cédula de liquidación de multas, que indebidamente determina en contra de mi representada el crédito fiscal número **********, por el periodo 02/2007, por la cantidad de $**********, emitida supuestamente por el titular de la Subdelegación Tlalnepantla de Baz, Delegación Regional Estado de México Oriente del Instituto Mexicano del Seguro Social. 3) Cédula de liquidación de cuotas, que indebidamente determina en contra de mi representada el crédito fiscal número **********, por el periodo 02/2007, por la cantidad de $**********, emitida supuestamente por el titular de la Subdelegación Tlalnepantla de Baz, Delegación Regional Estado de México Oriente del Instituto Mexicano del Seguro Social. 4) Cédula de liquidación de multas, que indebidamente determina en contra de mi representada el crédito fiscal número **********, por el periodo 02/2007, por la cantidad de $**********, emitida supuestamente por el titular de la Subdelegación Tlalnepantla de Baz, Delegación Regional Estado de México Oriente del Instituto Mexicano del Seguro Social."
- Considerando
- Asimismo En Dicho Escrito Ofreció Como Pruebas
- Esta Demanda Se Admitió A Trámite El Veintiuno De Enero De Dos Mil Diez En Los Términos Siguientes
- I Una Copia De La Misma Y De Los Documentos Anexos Para Cada Una De Las Partes
- Iii El Documento En Que Conste La Resolución Impugnada
- V La Constancia De La Notificación De La Resolución Impugnada
- Vii El Cuestionario Que Debe Desahogar El Perito El Cual Deberá Ir Firmado Por El Demandante
- Ix Las Pruebas Documentales Que Ofrezca
- Artículo El Demandado Deberá Adjuntar A Su Contestación
- Iii El Cuestionario Que Debe Desahogar El Perito El Cual Deberá Ir Firmado Por El Demandado
- V Las Pruebas Documentales Que Ofrezca
- Contradicción De Tesis
- A Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y