AMPARO DIRECTO 38/2012. 12 DE ABRIL DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MIGUEL ÁNGEL CANTÚ CISNEROS. PONENTE: JESÚS R. SANDOVAL PINZÓN. SECRETARIO: JESÚS ROSALES IBARRA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 38/2012. 12 DE ABRIL DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MIGUEL ÁNGEL CANTÚ CISNEROS. PONENTE: JESÚS R. SANDOVAL PINZÓN. SECRETARIO: JESÚS ROSALES IBARRA.

Fecha: 12-Abr-2012

Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, para los efectos precisados en el considerando último de esta sentencia, contra el acto que reclama de la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, consistente en la resolución de treinta de noviembre de dos mil once, en el expediente **********.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos relativos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así, por mayoría de votos de los Magistrados Jesús R. Sandoval Pinzón y Jorge Meza Pérez, contra el voto del Magistrado Miguel Ángel Cantú Cisneros, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, siendo ponente y presidente el primero de los nombrados.

En términos de lo previsto en el artículo 18, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en ese supuesto normativo.

Notas:

1 "Procurar. (Del lat. Procurare). 1. Tr. Hacer diligencias o esfuerzos para que suceda lo que se expresa."

2 "Artículo 46. El plazo para interponer la demanda será de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al en que haya surtido efectos la notificación de la resolución realizada al afectado, el procedimiento o el acuerdo que reclama, o al en que haya tenido conocimiento de ellos o de su ejecución, o al en que se hubiere ostentado sabedor de los mismos. ..."