AMPARO DIRECTO 564/2013. J. JESÚS PADILLA PADILLA. 26 DE NOVIEMBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: GASPAR PAULÍN CARMONA. PONENTE: MA. ANTONIETA AZUELA DE RAMÍREZ. SECRETARIO: ULISES OSWALDO RIVERA GONZÁLEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 564/2013. J. JESÚS PADILLA PADILLA. 26 DE NOVIEMBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: GASPAR PAULÍN CARMONA. PONENTE: MA. ANTONIETA AZUELA DE RAMÍREZ. SECRETARIO: ULISES OSWALDO RIVERA GONZÁLEZ.

Fecha: 14-Feb-2014

Artículo Garantías Judiciales

"1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un Juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.

"2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas: ..."