Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 332/2013. 19 DE DICIEMBRE DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: XÓCHITL GUIDO GUZMÁN. SECRETARIA: ALMA URIÓSTEGUI MORALES.
Fecha: 02-May-2014
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
"Artículo 20. En todo proceso de orden penal, el inculpado, la víctima o el ofendido, tendrán las siguientes garantías: ... B. De la víctima o del ofendido: ... IV. Que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria."