Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 74/2014. 23 DE ABRIL DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTOR MANUEL ESTRADA JUNGO. SECRETARIA: ESTHELA GUADALUPE ARREDONDO GONZÁLEZ.
Fecha: 15-Ago-2014
Ese Motivo De Disenso Es Jurídicamente Ineficaz
Desde luego que las garantías de legalidad y seguridad jurídica que tutelan los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, exigen que los actos de autoridad deban estar fundados y motivados; por eso, una de sus condiciones esenciales es que la autoridad cite, con precisión y claridad, las normas legales que le otorgan la potestad para actuar en la manera en que lo hace.
- Sextolos Conceptos De Violación Son Ineficaces
- Ese Motivo De Disenso Es Jurídicamente Ineficaz
- Sin Embargo El Tipo De Normas Que Deben Invocarse Está En Relación Con La Facultad Que Se Ejerce
- Primer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Décimo Sexto Circuito
- Luego Dada La Ineficacia De Los Conceptos De Violación Procede Negar El Amparo Solicitado