AMPARO DIRECTO 390/2014. 15 DE OCTUBRE DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MYRNA GABRIELA SOLÍS FLORES, SECRETARIA DE TRIBUNAL AUTORIZADA POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRADA, EN TÉRMINOS DE
Fecha: 16-Ene-2015
Los Artículos Y De La Anterior Ley Federal Del Trabajo Sic Disponen
"Artículo 871. El procedimiento se iniciará con la presentación del escrito de demanda, ante la oficialía de partes o la unidad receptora de la Junta competente, la cual lo turnará al Pleno o a la Junta Especial que corresponda, el mismo día antes de que concluyan las labores de la Junta."
"Artículo 872. La demanda se formulará por escrito, acompañando tantas copias de la misma, como demandados haya. El actor en su escrito inicial de demanda expresará los hechos en que funde sus peticiones, pudiendo acompañar las pruebas que considere pertinentes, para demostrar sus pretensiones."
"Artículo 873. La Junta, dentro de las veinticuatro horas siguientes, contadas a partir del momento en que reciba el escrito de demanda, dictará acuerdo, en el que señalará día y hora para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a aquel en que se haya recibido el escrito de demanda. Dicho acuerdo se notificará personalmente a las partes, con diez días de anticipación a la audiencia cuando menos, entregando al demandado copia cotejada de la demanda y del acuerdo admisorio, apercibiéndola de lo dispuesto en el artículo 879 de esta ley.
"Cuando el actor sea el trabajador o sus beneficiarios, la Junta, en caso de que notare alguna irregularidad en el escrito de demanda, o que estuviere ejercitando acciones contradictorias, o no hubiere precisado el salario base de la acción, en el acuerdo le señalará los defectos u omisiones en que haya incurrido y la prevendrá para que los subsane dentro del término de tres días. Dicho acuerdo deberá notificarse personalmente al actor."
- Considerando
- En Auto De Veinte Del Mes Y Año En Cita Foja Del Juicio De Origen La Responsable Precisó
- Tales Argumentos Son Inoperantes
- En La Misma Diligencia La Responsable Precisó Foja Del Procedimiento De Origen
- Lo Resaltado Es Énfasis Del Ponente
- Los Artículos Y De La Anterior Ley Federal Del Trabajo Sic Disponen
- De Los Citados Preceptos Se Obtiene
- Notifíquese