AMPARO DIRECTO 253/2015. 30 DE ABRIL DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SANTILLÁN. SECRETARIA: MARTHA CECILIA LEYVA MEDINA.
Fecha: 10-Jul-2015
Los Referidos Argumentos Son Fundados
20. Como señalamiento inicial se precisa que, en el caso, como lo consideró la Sala responsable, no resulta aplicable el último párrafo del artículo 57 de la Ley del ISSSTE abrogada, sino el último párrafo del artículo 43 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se Expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ya que, como se advierte de los recibos de pago exhibidos en el juicio de nulidad por la actora, aquí quejosa, la fecha de inicio de su pensión por jubilación fue el **********, por lo que le resultan aplicables las nuevas disposiciones, previstas en el artículo décimo transitorio, fracción I, inciso a), de la Ley del ISSSTE en vigor, además de que las prestaciones económicas de bono de despensa y previsión social múltiple que reclama, son a partir del año dos mil once.
- Vprecisión Y Estudio De Los Conceptos De Violación
- En Los Conceptos De Violación La Quejosa Aduce Lo Siguiente
- Los Referidos Argumentos Son Fundados
- Asimismo Para Mayor Comprensión Del Asunto Es Necesario Precisar Lo Siguiente
- Para Mejor Conocimiento Se Reproducen En Lo Conducente Las Imágenes De Los Oficios Referidos
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve