Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 169/2015. 29 DE ABRIL DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOEL CARRANCO ZÚÑIGA. SECRETARIO: AGUSTÍN GASPAR BUENROSTRO MASSIEU.
Fecha: 07-Ago-2015
Ley Del Seguro Social
"Artículo 294. Cuando los patrones y demás sujetos obligados, así como los asegurados o sus beneficiarios consideren impugnable algún acto definitivo del instituto, podrán recurrir en inconformidad, en la forma y términos que establezca el reglamento, o bien proceder en los términos del artículo siguiente.
"Las resoluciones, acuerdos o liquidaciones del instituto que no hubiesen sido impugnados en la forma y términos que señale el reglamento correspondiente, se entenderán consentidos."