AMPARO DIRECTO 167/2016. 9 DE JUNIO DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: HÉCTOR LANDA RAZO. PONENTE: JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ SALDAÑA. SECRETARIO: LENIN MAURICIO RODRÍGUEZ OVIEDO.
Fecha: 30-Sep-2016
Considerando
CUARTO.-El quejoso expresa, como primer concepto de violación, que la autoridad persistió en diversas violaciones procesales que trascendieron al resultado del juicio y la primera que dejó sin defensa al quejoso se encuentra en el acuerdo de admisión de pruebas de diecisiete (17) de mayo de dos mil diez (2010). Es inexacta la apreciación de la responsable, ya que en la demanda inicial en diversos hechos se mencionan a ********** y ********** y con la confesional para hechos propios se buscaba su declaración para demostrar la nueva estructura orgánica de la ********** y que el siete (7) de agosto de dos mil ocho (2008), aconteció un suceso que llamó notablemente la atención de ********** en su carácter de director general de **********, ********** titular de la **********, titular de la **********, ********** tienda subgerente de administración y finanzas y de **********, jefe del departamento de **********.
La segunda se relaciona con las documentales propuestas en los apartados 6, 10 y 13, consistentes en la copia fotostática de los decretos para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tuvieren asignados al momento de separarse del empleo, cargo o comisión, publicados en el Diario Oficial de la Federación el catorce (14) de septiembre y trece (13) de octubre de dos mil cinco (2005) y el acta administrativa de entrega-recepción del Departamento de Servicios al Personal y archivo de la **********, de diez (10) de octubre de dos mil ocho (2008) y con ellas se buscaba reforzar, en primer lugar, que el Departamento de Relaciones Industriales absorbió todas las actividades de la jefatura de Servicios al Personal y Archivo, al quedar cancelada y que la Subgerencia de Administración y Finanzas contaba con el Departamento de Servicios al Personal y Archivo, y posteriormente ya no existía.
Que también resultó ilegal el desechamiento de los medios de perfeccionamiento ofrecidos en el apartado 13 del escrito de pruebas, consistentes en diversas copias fotostáticas de impresión de la página web **********, con los que se pretendía demostrar la estructura orgánica de la demandada, previo al despido del actor.
Que suerte similar aconteció con el ilegal desechamiento de las testimoniales para hechos propios a cargo de ********** y **********, acontecida en audiencia de dieciséis (16) de agosto de dos mil trece (2013) y que el peticionario estima que, de haberse admitido y desahogado los medios de convicción mencionados, indudablemente hubiese sido otro el sentido de la resolución que combate, pues se llegaría a la conclusión de que se acreditaron los elementos fundamentales de la acción, especialmente el despido, motivo suficiente para conceder el amparo.