Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 510/2016. 6 DE JULIO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RICARDO RIVAS PÉREZ. SECRETARIO: CÉSAR ALEJANDRO RIVERA FLORES.
Fecha: 27-Ene-2017
Iv En Materia Laboral La Suplencia Sólo Se Aplicará En Favor Del Trabajador
6. "Artículo 79. La autoridad que conozca del juicio de amparo deberá suplir la deficiencia de los conceptos de violación o agravios, en los casos siguientes:
"...
"V. En materia laboral, en favor del trabajador, con independencia de que la relación entre empleador y empleado esté regulada por el derecho laboral o por el derecho administrativo;"
7. "Artículo 172. En los juicios tramitados ante los tribunales administrativos, civiles, agrarios o del trabajo, se considerarán violadas las leyes del procedimiento y que se afectan las defensas del quejoso, trascendiendo al resultado del fallo, cuando:
"...
- Considerando
- Lo Anterior Como Puede Advertirse De La Siguiente Transcripción
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Iv En Materia Laboral La Suplencia Sólo Se Aplicará En Favor Del Trabajador
- Ii Haya Sido Falsamente Representado En El Juicio De Que Se Trate
- Ii Cuando El Quejoso Haya Sido Mala O Falsamente Representado En El Juicio De Que Se Trate