AMPARO DIRECTO 439/2017. 23 DE AGOSTO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MA. ELISA TEJADA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: MARÍA DEL ROCÍO CHACÓN MURILLO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 439/2017. 23 DE AGOSTO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MA. ELISA TEJADA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: MARÍA DEL ROCÍO CHACÓN MURILLO.

Fecha: 19-Oct-2018

Dichos Argumentos Devienen Infundados

Se afirma lo anterior porque, como acertadamente lo consideró el tribunal de alzada, la prueba consistente en la declaración de parte a cargo del demandado no contiene dato alguno del cual sea factible advertir la celebración del contrato de comodato.

Esto, porque las dos únicas preguntas relacionadas con la celebración del acto fueron las marcadas con los números cinco y seis, las que, incluso, se respondieron de manera negativa por el absolvente.