AMPARO DIRECTO 401/2019. 12 DE FEBRERO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MARTÍN HERNÁNDEZ SIMENTAL. SECRETARIA: ROSALBA SALAZAR LUJÁN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 401/2019. 12 DE FEBRERO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MARTÍN HERNÁNDEZ SIMENTAL. SECRETARIA: ROSALBA SALAZAR LUJÁN.

Fecha: 26-Mar-2021

Artículo Audiencia De Individualización De Sanciones Y Reparación Del Daño

"Después de la apertura de la audiencia de individualización de los intervinientes, el tribunal de enjuiciamiento señalará la materia de la audiencia, y dará la palabra a las partes para que expongan, en su caso, sus alegatos de apertura. Acto seguido, les solicitará a las partes que determinen el orden en que desean el desahogo de los medios de prueba y declarará abierto el debate. Éste iniciará con el desahogo de los medios de prueba y continuará con los alegatos de clausura de las partes.

"Cerrado el debate, el tribunal de enjuiciamiento deliberará brevemente y procederá a manifestarse con respecto a la sanción a imponer al sentenciado y sobre la reparación del daño causado a la víctima u ofendido. Asimismo, fijará las penas y se pronunciará sobre la eventual aplicación de alguna de las medidas alternativas a la pena de prisión o sobre su suspensión, e indicará en qué forma deberá, en su caso, repararse el daño. Dentro de los cinco días siguientes a esta audiencia, el tribunal redactará la sentencia.

"La ausencia de la víctima que haya sido debidamente notificada no será impedimento para la celebración de la audiencia."