R E S U E L V E
ÚNICO. La Justicia de la Unión ampara y protege a la Procuraduría Federal del Consumidor por conducto de su apoderada legal Ariana Leal Romero, contra el acto que reclamó consistente en la sentencia de veintiocho de octubre de dos mil veintiuno, dictada en el toca civil ********** por el entonces Segundo Tribunal Unitario del Decimosexto Circuito, y que por razones de conclusión de este último órgano jurisdiccional fue remitido al Tribunal Colegiado de Apelación del mismo Circuito, asignándole el número de toca 8/2022, para los efectos precisados en el último apartado de esta resolución.
Notifíquese . Con testimonio de esta ejecutoria, gírense los oficios correspondientes y devuélvanse los autos relativos al lugar de origen, y en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá (Ponente), de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien se reserva su derecho a formular voto concurrente, y de los Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo.
