VI. DECISIÓN
- Al haber resultado infundado en una parte e inoperante en otra el tercer agravio de la revisión principal, en lo que es la materia de la competencia de esta Primera Sala, procede confirmar la sentencia recurrida, negar el amparo en contra del artículo 124 de la Ley Federal de Competencia Económica y reservar jurisdicción al Tribunal Colegiado que previno en el conocimiento de las revisiones, a efecto de que estudie las cuestiones de legalidad subsistentes.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se
