AMPARO EN REVISIÓN 14/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 14/2024

Fecha: 25-Jun-2025

V. PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS DE REVISIÓN

  1. Son procedentes los recursos de revisión interpuestos por el Presidente de la República, la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, ambas del Congreso de la Unión; así como el recurso de revisión adhesivo interpuesto por las empresas quejosas.
  2. La procedencia deriva de que los recursos se interpusieron en contra de una sentencia dictada por el Juez Segundo de Distrito en Materia de Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la república, en la que se reclamaron diversas porciones de la Ley de la Industria Eléctrica, norma de carácter federal. Por ende, se actualizan los supuestos previstos en los puntos Segundo, fracción III, inciso A), Tercero y Sexto del Acuerdo General 1/2023.