CONFLICTO COMPETENCIAL 1/2022. SUSCITADO ENTRE EL SECRETARIO INSTRUCTOR Y LA JUEZA ADSCRITOS AL TRIBUNAL LABORAL FEDERAL DE ASUNTOS INDIVIDUALES EN EL ESTADO DE TABASCO. 11 DE AGOSTO DE 2022. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: HORACIO ORTIZ GONZÁLEZ. PONEN
Fecha: 09-Dic-2022
Primerosí Existe Conflicto Competencial
SEGUNDO.—Remítase el expediente laboral ********** y copias certificadas del diverso ********** al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tabasco, con residencia en esta ciudad (ponencia del Juez de Distrito Miguel Antonio Aceff Bulos), a quien se considera legalmente competente, por los motivos que se precisan en la última consideración de esta ejecutoria.
TERCERO.—Para los efectos legales procedentes, comuníquese el sentido de esta resolución al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tabasco, con residencia en esta ciudad (ponencia de la Jueza de Distrito Catalina Álvarez Ramales).
Notifíquese y, en su oportunidad, archívese el presente conflicto competencial como totalmente concluido.
Así lo resolvió este Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, por mayoría de votos del Magistrado presidente José Manuel Rodríguez Puerto y el Magistrado Cuauhtémoc Cárlock Sánchez (ponente); contra el voto particular del Magistrado Horacio Ortiz González.
En términos de lo previsto en los artículos 11, fracción VI, 108, 113, 118 y demás aplicables en lo relativo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- C El Rechazo De La Competencia Por Parte Del Tribunal A Quien Se Ha Declinado La Competencia
- Artículo Transcribe Texto Del Primer Párrafo Del Artículo Y Su Fracción Iii
- Citatorio Para Comparecencia
- Asunto Se Notifica Rescisión De La Relación De Trabajo
- Primerosí Existe Conflicto Competencial
- Correspondiente Al Trabajador