CONFLICTO COMPETENCIAL 250/2022 SUSCITADO ENTRE EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO, AMBOS DEL SÉPTIMO CIRCUITO
Fecha: 07-Dic-2022
DECISIÓN.
En atención a las razones expresadas en el considerando que antecede, esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que ha quedado sin materia el conflicto competencial.
Por lo expuesto y fundado, se resuelve:
ÚNICO. Se declara SIN MATERIA el conflicto competencial.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución a los tribunales involucrados; remítanse los autos al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, para los efectos legales conducentes; en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de tres votos de los Ministros Luis María Aguilar Morales (ponente), Loretta Ortiz Ahlf y Javier Laynez Potisek. Los Ministros Alberto Pérez Dayán y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa emiten su voto en contra.