CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 26/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 26/2024

Fecha: 12-Jun-2024

ANTECEDENTES DEL ASUNTO

  1. Denuncia de la contradicción. Por escrito registrado en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación el veintinueve de enero de dos mil veinticuatro, el Magistrado Presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito (Región Centro- Sur ) denunció la posible contradicción de criterios suscitada entre el emitido por el órgano jurisdiccional de su adscripción al resolver el amparo directo 567/2023, en contra de lo determinado por el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito (Región Centro- Norte ), al resolver el amparo directo 495/2022.
  2. Trámite de la denuncia. La Presidenta de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante proveído de uno de febrero de dos mil veinticuatro, ordenó formar y registrar el expediente de contradicción de criterios 26/2024 y dar trámite a la denuncia respectiva, asimismo, turnó el asunto al Ministro Luis María Aguilar Morales y por consiguiente a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  3. Además, solicitó a los Tribunales Colegiados contendientes la versión digitalizada de la demanda que dio origen a los asuntos denunciados. También requirió al Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito el proveído en el que informara si el criterio materia de la denuncia estaba vigente y, en caso de que se encontrara superado, remitiera electrónicamente la ejecutoria que sustentara su nuevo criterio.
  4. Avocamiento . Por auto de veintidós de febrero de dos mil veinticuatro, el Presidente de la Segunda Sala ordenó que ésta se avocaba al conocimiento del presente asunto. Además, se requirió a los Tribunales Colegiados que informaran si existe alguna condición que afecte la firmeza de los criterios correspondientes.
  5. Posteriormente, por auto de veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro, se tuvo a los Tribunales Colegiados informando que las sentencias que participan en la presente contradicción ya causaron ejecutoria, por lo que se ordenó remitir el expediente a la Ponencia asignada para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente.