Suprema Corte de Justicia de la Nación
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 97/2021. MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. 16 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE DIEZ VOTOS DE LOS MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LUIS MARÍA AGUILA
Fecha: 27-Ene-2023
I Competencia
13. Este Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de la presente controversia constitucional, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 105, fracción I, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 10, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en virtud de que se plantea un conflicto suscitado entre los Poderes del Estado de Baja California.
- Resultando
- Iv Actos Cuya Invalidez Se Demandan
- Ii Preceptos Constitucionales Que Se Estiman Violados
- Iii Trámite Y Admisión
- Iv Contestación Del Poder Ejecutivo Del Estado
- V Contestación Del Poder Legislativo Del Estado
- Vi Pedimento De La Fiscalía General De La República
- Vii Audiencia De Ofrecimiento Y Desahogo De Pruebas Y Alegatos
- Viii Cierre De Instrucción
- I Competencia
- A Continuación Se Analiza La Oportunidad En La Presentación De La Demanda
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Iii Legitimación Activa Y Pasiva
- Iv Sobreseimiento De La Controversia Constitucional
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Ese Criterio Quedó Plasmado En La Jurisprudencia De Rubro Y Texto Siguientes
- Segundopublíquese Esta Resolución En El Semanario Judicial De La Federación Y En Su Gaceta
- I Como Actor La Entidad Poder U Órgano Que Promueva La Controversia
- Artículo
- Foja A De La Controversia Constitucional
- Artículo Son Atribuciones Del Secretario General De Gobierno
- Artículo Corresponde Al Secretario El Ejercicio De Las Facultades Y Obligaciones Siguientes