CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 149/2020. MUNICIPIO DE RIVA PALACIO, ESTADO DE CHIHUAHUA. 27 DE ENERO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: ALFREDO NARVÁEZ MEDÉCIGO.
Fecha: 24-Feb-2023
Primeroes Parcialmente Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Controversia Constitucional
SEGUNDO.—Se sobresee en la presente controversia constitucional respecto de la omisión legislativa, de los actos atribuidos a la Guardia Nacional y del acuerdo de carácter general, precisados en los apartados V y VI de esta resolución.
TERCERO.—Se declara la inconstitucionalidad de la omisión del Congreso de la Unión de emitir la Ley General de Aguas a que se refiere el artículo tercero transitorio del Decreto de reformas constitucionales publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de febrero de dos mil doce, en los términos indicados en el apartado VII de esta sentencia.
CUARTO.—Se ordena al Congreso de la Unión expedir dicha Ley General de Aguas durante su próximo periodo ordinario de sesiones, en los términos del apartado VIII del presente dictamen.
QUINTO.—Se reconoce la validez de las órdenes del Ejecutivo Federal de disponer del agua almacenada en la presa "La Boquilla" para pagar los adeudos del Tratado sobre Distribución de Aguas Internacionales entre los Estados Unidos de América y los Estados Unidos Mexicanos.
SEXTO.—Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y en su Gaceta.
Notifíquese; por medio de oficio a las partes, y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Precisión De Las Omisiones Y Los Actos Impugnados
- V Oportunidad
- Vi Causas De Improcedencia
- Vii Estudio De Fondo
- A Continuación Se Aborda Puntualmente Esta Cuestión
- Viii Efectos
- Primeroes Parcialmente Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Controversia Constitucional
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Sexto
- El Señor Ministro Pardo Rebolledo Reservó Su Derecho De Formular Voto Concurrente Genérico
- B A Los Estados Unidos
- Véase Ídem
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Artículo Para El Cumplimiento Y Aplicación De Esta Ley El Ejecutivo Federal
- Artículo O
- Véase El Cuaderno De Anexos De La Controversia Constitucional Foja
- Véase Ibíd Foja
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Véase Supra Nota
- Véase El Cuaderno Principal De La Controversia Constitucional Foja
- Artículo Tendrán El Carácter De Parte En Las Controversias Constitucionales
- Artículo
- Son Atribuciones Del Presidente De La Mesa Directiva Las Siguientes
- Artículo El Consejero Tendrá Las Facultades Indelegables Siguientes
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Vii Los Conceptos De Invalidez
- Véase Ibíd Fojas Y
- Véase Ibíd Págs Y
- Supra Nota
- Artículo O Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo O Compete Al Ejecutivo Federal