CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 154/2020. MUNICIPIO DE MATACHÍ, ESTADO DE CHIHUAHUA. 27 DE ENERO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIO: ALFREDO NARVÁEZ MEDÉCIGO.
Fecha: 24-Feb-2023
Véase Supra Nota
39. "Artículo 11. El actor, el demandado y, en su caso, el tercero interesado deberán comparecer a juicio por conducto de los funcionarios que, en términos de las normas que los rigen, estén facultados para representarlos. En todo caso, se presumirá que quien comparezca a juicio goza de la representación legal y cuenta con la capacidad para hacerlo, salvo prueba en contrario.
"En las controversias constitucionales no se admitirá ninguna forma diversa de representación a la prevista en el párrafo anterior; sin embargo, por medio de oficio podrán acreditarse delegados para que hagan promociones, concurran a las audiencias y en ellas rindan pruebas, formulen alegatos y promuevan los incidentes y recursos previstos en esta ley.
"El presidente de los Estados Unidos Mexicanos será representado por el secretario de Estado, por el jefe del departamento administrativo o por el consejero jurídico del Gobierno, conforme lo determine el propio presidente, y considerando para tales efectos las competencias establecidas en la ley. El acreditamiento de la personalidad de estos servidores públicos y su suplencia se harán en los términos previstos en las leyes o reglamentos interiores que correspondan."
- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Precisión De Las Omisiones Y Los Actos Impugnados
- V Oportunidad
- Vi Causas De Improcedencia
- Vii Estudio De Fondo
- A Continuación Se Aborda Puntualmente Esta Cuestión
- Viii Efectos
- Primeroes Parcialmente Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Controversia Constitucional
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Sexto
- El Señor Ministro Pardo Rebolledo Reservó Su Derecho De Formular Voto Concurrente Genérico
- B A Los Estados Unidos
- Véase Ídem
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Artículo Para El Cumplimiento Y Aplicación De Esta Ley El Ejecutivo Federal
- Artículo O
- Véase El Cuaderno De Anexos De La Controversia Constitucional Foja
- Véase Ibíd Foja
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Véase Supra Nota
- Véase El Cuaderno Principal De La Controversia Constitucional Foja
- Artículo Tendrán El Carácter De Parte En Las Controversias Constitucionales
- Artículo
- Son Atribuciones Del Presidente De La Mesa Directiva Las Siguientes
- Artículo El Consejero Tendrá Las Facultades Indelegables Siguientes
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Vii Los Conceptos De Invalidez
- Véase Ibíd Págs Y
- Supra Nota
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo Compete Al Ejecutivo Federal