CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 176/2020. MUNICIPIO DE PLATÓN SÁNCHEZ, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. 9 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE DIEZ VOTOS DE LAS SEÑORAS MINISTRAS Y DE LOS SEÑORES MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 176/2020. MUNICIPIO DE PLATÓN SÁNCHEZ, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. 9 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE DIEZ VOTOS DE LAS SEÑORAS MINISTRAS Y DE LOS SEÑORES MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GO

Fecha: 17-Mar-2023

Ii Competencia

12. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver la presente controversia constitucional, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105, fracción I, inciso i), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,(2) 1o. de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (ley reglamentaria),(3) 10, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente hasta el siete de junio de dos mil veintiuno(4) y el punto segundo, fracción I, del Acuerdo General del Tribunal Pleno Número 5/2013,(5) aprobado el trece de mayo de dos mil trece, por tratarse de un conflicto entre un Estado y uno de sus Municipios, concretamente entre el Municipio de Tlapacoyan del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y los Poderes Ejecutivo y Legislativo de dicha entidad federativa, en los que se cuestiona la validez de normas generales.