CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 96/2022. PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MORELOS. 11 DE ENERO DE 2023. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, JAVIER LAYNEZ POTISEK, YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LORETTA ORTIZ AHLF Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN. PONENTE:
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 96/2022. PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MORELOS. 11 DE ENERO DE 2023. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, JAVIER LAYNEZ POTISEK, YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LORETTA ORTIZ AHLF Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN. PONENTE:

Fecha: 14-Abr-2023

Artículo Las Sentencias Deberán Contener

"I. La fijación breve y precisa de las normas generales, actos u omisiones objeto de la controversia y, en su caso, la apreciación de las pruebas conducentes a tenerlos o no por demostrados; ..."

8. "Artículo 2. La pensión decretada deberá cubrirse a razón del 80 % del último salario de la solicitante, a partir del día siguiente a aquél en que el trabajador se separe de sus labores, toda vez que la jubilación solicitada encuadra en lo previsto por el artículo 58, fracción II, inciso e), de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, y será cubierta por el Poder Judicial del Estado de Morelos, quien deberá realizar el pago en forma mensual, con cargo al (sic) Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos."

9. Debiéndose descontar del cómputo los días catorce, quince, veintiuno, veintidós, veintiocho y veintinueve de mayo, así como cuatro, cinco, once, doce, dieciocho y diecinueve de junio, todos de dos mil veintidós, por ser inhábiles, conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la ley reglamentaria de la materia, y 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

10. "Artículo 11. El actor, el demandado y, en su caso, el tercero interesado deberán comparecer a juicio por conducto de los funcionarios que, en términos de las normas que los rigen, estén facultados para representarlos. En todo caso, se presumirá que quien comparezca a juicio goza de la representación legal y cuenta con la capacidad para hacerlo, salvo prueba en contrario. ..."

11. Con la copia certificada del acta de sesión extraordinaria del Pleno Público Solemne de dicho órgano, celebrada el cuatro de mayo de dos mil veintidós.