III. COMPETENCIA.
3.
Este Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es
competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 10, fracción XIV, y 11, fracción XXIV, de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso
6, fracción I, del Acuerdo General Plenario 9/2005 de esta Suprema Corte
de Justicia de la Nación.
IV.
