IMPEDIMENTO 26/2015. 16 DE ABRIL DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GILBERTO ROMERO GUZMÁN. SECRETARIO: GUADALUPE ANTONIO VELASCO JARAMILLO.
Fecha: 14-Ago-2015
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-Se califica de legal el impedimento formulado por la Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Michoacán, con residencia en esta ciudad, para el conocimiento y resolución del juicio de amparo indirecto **********, promovido por **********, por propio derecho.
Notifíquese; publíquese, con testimonio de esta resolución, remítanse los autos a la autoridad correspondiente, gírese el oficio respectivo a la Oficina de Correspondencia Común Común de los Juzgados de Distrito en esta ciudad, con testimonio de la presente resolución y copia certificada de la demanda de amparo; y, en su oportunidad, archívese este asunto como concluido, previo las anotaciones de ley.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvieron los Magistrados integrantes del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, presidente Omar Liévanos Ruiz, Carlos Alberto Zerpa Durán y Gilberto Romero Guzmán, siendo ponente el tercero de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 8, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.